Las cintas prueban que la presidenta del Constitucional asesoró a una abogada y pudo cometer delito

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Estrella Digital / 05 Junio de 2008

El Tribunal Supremo está analizando si la presidenta del Constitucional, María Emilia Casas, incurrió en un delito al aconsejar a una abogada investigada por su posible implicación en el asesinato de su ex marido. Dolores Martín pidió consejo a Casas sobre un caso de malos tratos y custodia de su hija, la cual quería recuperar.

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Según publican El País y ABC la presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas, y la abogada María Dolores Martín Pozo, presunta inductora de la muerte, un mes antes, de su ex marido, no se conocían de nada.

La conversación entre María Emilia Casas y Dolores Martín se produjo a instancias de una amiga de la primera, que le dio el nombre y el número de teléfono de la abogada para ver si la podía aconsejar sobre la mejor forma de presentar un recurso ante el juzgado de familia para recuperar la custodia de la niña.

A las 21:27 horas del 17 de abril -apenas un mes después de que se cometiera el asesinato de Salgado-, la presidenta del Tribunal Constitucional descolgó el teléfono y marcó el número de Dolores Martín, lógicamente sin tener la menor idea de que era sospechosa de un crimen y que además tenía el teléfono intervenido. Ni siquiera sabía que la persona a la que llamaba era letrada.

El fiscal ha pedido el archivo del caso, remitido por la juez de Valdemoro (Madrid) que investiga el asesinato del ex marido de la abogada, ocurrido en marzo de 2007. Martín está actualmente en prisión preventiva como presunta inductora del crimen. Fue detenida el pasado 20 de mayo, más de un año después de hablar por teléfono con Casas.

En la primera parte de la conversación que fue intervenida por la policía, Dolores Martín relata a Casas supuestas agresiones de su ex marido hacia ella y los problemas que tienen ambos, entre ellos la custodia de su única hija, custodia que Martín perdió y quería recuperar como fuera.

Posteriormente la letrada Dolores Martín reconoce que estaba siendo investigada por la muerte de su ex marido, lo que sin duda sorprende notablemente a la presidenta del Constitucional, que decide terminar con la conversación.

Pero la polémica se acrecenta por que la presidenta del Tribunal Constitucional acaba con una sospechosa frase que puede tener varias interpretaciones: «Avísame si esto llega al Tribunal Constitucional», a continuación le facilita a Martín el teléfono de dos abogadas especializadas en casos de malos tratos y cuelga el teléfono.

Hay que precisar que en momento alguno María Emilia Casas explica para qué quiere que la avisen si se produce esa circunstancia de que el asunto llegue al Constitucional.

Según fuentes jurídicas relacionadas con este caso, actualmente en el Tribunal Supremo, estiman que difícilmente puede hallarse indicio de conducta sancionable por el Código Penal.

Los miembros del Constitucional no pueden ser sancionados por el Poder Judicial.

Artículos presuntamente vulnerados por la presidenta del Tribunal Constitucional:

Art.389 Ley del Poder Judicial: "El cargo de magistrado es incompatible con cualquier tipo de asesoramiento legal".

Art.23 Ley del Tribunal Constitucional: "Los magistrados deben ser cesados si incurren en cualquier tipo de incompatibilidad sobrevenida".

Art.441 Código Penal : "La autoridad o funcionario público que (...) realizare, por sí o por persona interpuesta, una actividad profesional o de asesoramiento permanente o accidental (...) en asunto en que deba intervenir o haya intervenido por razón de su cargo, o en los que se tramiten, informen o resuelvan en la oficinal o centro directivo en que estuviere destinado o del que dependa, incurrirá en las penas de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años".

Para que la conducta de Casas fuera punible debería haber vulnerado el Código Penal. Así, al margen de las valoraciones de los partidos políticos, o su conducta es delito o no es nada imputable.

Conversación

La conversación, grabada por la Guardia Civil con orden judicial, duró 15 minutos. A continuación reproducimos una parte.

María Dolores. Sí, dígame.

Emilia Casas. ¿María Dolores Martín?

M. D. Sí.

E. C. Mire, buenas tardes, soy Emilia Casas, presidenta del Tribunal Constitucional, que me mandó unos papeles de usted [una persona a la que conocía].

M. D. Sí.

E. C. ¿Se sitúa, no?

M. D. Sí, sí, me acuerdo.

E. C. Bueno, pues yo he tardado en responderla porque lógicamente he tenido que leérmelos con detenimiento y luego he hecho alguna averiguación, no a efectos de motivarla (...), pues bueno, no sé si ya le ha pasado el tiempo para ir en recurso de amparo frente a estas decisiones judiciales, pero siempre podrá provocar usted, su abogado lo sabe, alguna nueva actuación judicial que le permita llegar al Tribunal Constitucional en amparo, no.

M. D. Ajá.

E. C. El último auto de la apelación me parece que es no del juicio de faltas del que es ponente Carmena, pues claro, ella aplica ahí la doctrina del Tribunal Constitucional de que una vez que a su marido, su ex marido, le han declarado no culpable de la primera instancia, sin la práctica de pruebas y sin mediación ya no lo podía hacer en la segunda instancia, bueno, esto es un entendimiento no exactamente ortodoxo aunque cabe no, porque realmente ella podía haber, o usted misma, solicitado la vista y con celebración de nuevas eh... de reproducción de las prácticas de la prueba para efectos de producir respecto de una absolución una condena en segunda instancia, no, pero bueno, esto está como está y la decisión de la magistrada, en el recurso, es del día 23 de diciembre de 2002, con lo cual, claro, esto lleva tiempo a efectos de que... interponer el recurso de amparo, bueno yo... lamento muchísimo la situación en la que se encuentra, jurídicamente es difícil... eh... cómo aconsejarla de la mejor manera, eh..., hay unas diligencias previas... las últimas, veo que son del año cuatro, pero que éstas se inician como consecuencia de querella contra usted, ¿no?

M. D. Sí.

E. C. Que interpone su ex marido.

M. D. Sí, eso es lo único que hay abierto porque el tema de las diligencias previas de las últimas de Torrevieja de... que puso la doctora de Torrevieja.....

E. C. Eso lo he visto.

M. D. Sí, todo eso, el recurso de amparo, eh... yo no he querido continuar, y le explico por qué, porque mi ex marido ha fallecido lamentablemente, en unas circunstancias un tanto extrañas entonces, el plazo vencía y yo pues... la única vía que me quedaba era el recurso de amparo en el... [TC]. Él falleció, a mí me comunican la sentencia de divorcio, que es como para tirarse de los pelos, a mí me acusan de maltratar a mi hija psicológicamente, que vulnero sus derechos, me quitan la guarda y custodia de mi hija en la sentencia de divorcio, está abierta la vía de amparo también por la vía civil, porque el gabinete psicosocial está adscrito al juzgado, yo tenía un embarazo de riesgo y no acudía por motivo del embarazo y por los médicos, me decían que no podía perder a la criatura y que no, que me esperara, todo se comunicaba en el juzgado, pero como que al juzgado le daba exactamente lo mismo.

E. C. ¡Ya!

M. D. Entonces, emití un informe con las manifestaciones realizadas por mi ex marido.

E. C. Sí.

M. D. Y claro, todo lo que él había dicho pues era válido, ni a mí, ni a la cría, se nos dio la oportunidad de... volverla a ver (...) Se lo digo sinceramente me siento maltratada, pero no ya por mi ex marido, sino que me siento maltratada por un juez (...) Es como obcecación, no le dice al gabinete psicosocial que si lo considera oportuno que vea a la niña, que le digan en un informe si la niña peligra conmigo, o sea... yo no sé si usted ha visto la documentación pero...

E. C. Sí.

M. D. ¿En qué maltrato yo a mi hija? Además, la sentencia de divorcio es... la vista fue machacadora y yo salí hundida, he tenido una depresión de muerte porque claro, es tremendo, a mí me quita la guarda y custodia porque supuestamente según él yo le quito la figura paterna, o sea la niña tiene muy claro, ella... a mi pareja le llama papá, pero ella tiene claro que su papá...

E. C. Claro.

M. D. (...) Mi intención es recusar a este juez, porque además se ha permitido y así ha salido en todos los medios de comunicación, la familia de él me acusa a mí, de que he sido yo la [culpable de lo que] le ha pasado... le han matado, literalmente, es que le han matado y la familia me acusa a mí...

E. C. ¿El ha muerto en extrañas circunstancias dice usted?

M. D. Sí, al parecer, según los medios de comunicación, que es como yo me he enterado, ha fallecido porque le han matado en el garaje de su casa, entonces eh... la familia me acusa a mí... Según la sentencia, a él se lo iban a comunicar el 16 de marzo en concreto y sin embargo en los medios de comunicación cuando él fallece, él fallece el día 14, en los medios de comunicación ya sabía el contenido de la sentencia.

E. C. ¿Pero en qué mes fallece él?

M. D. Eh... cuando él fallece, que le matan, el ya sabía el contenido de la sentencia.

E. C. ¿Pero en qué fecha fallece él?

M. D. El 14.

E. C. ¿El 14 de qué mes?

M. D. Marzo.

E. C. De marzo.

M. D. El juez ha permitido hasta el lujo de llamar a la otra parte y de comunicarle la sentencia con anterioridad a lo que hay establecido... pero es que la sentencia es muy clarita, lo pone así, no se va a comunicar hasta el día 23 salvo que el padre tenga la niña ya en su poder con anterioridad para evitar que yo pudiera cometer un secuestro con la niña y además, si le soy sincera, yo, mi intención era, si a me salía una sentencia de esas características, el haberme ido con la cría, lo tengo muy claro y no a apurar todas las vías hasta el Constitucional, irme a donde fuera, pero...hasta que no se esclareciera todo de ahí a matar una persona pues es un poco... vamos.

E. C. ¿Cuándo a mí manda sus documentos, esto, ya había fallecido él?

M. D. No, ha sido con posterioridad.

E. C. Con posterioridad (...) Yo lo que iba a dar es el teléfono de unas personas expertas en estas cosas, de la federación de mujeres y le voy a dar el nombre de dos personas que hacen defensa jurídica y que además hacen mucho apoyo no, por si...le interesan, no.

M. D. Sí, sí [y toma nota de los nombres y números de teléfono].

E. C. Yo creo que ahí le podrán aconsejar porque lleva muchos asuntos así y además están especializados en temas de mujeres.

M. D. Pues sí que recurriré a ellas, porque yo la verdad lo estoy pasando fatal... Voy a agotar todas las vías pues ya de verdad nunca me he visto en una situación de un juez así, me supera, me siento humillada.

E. C. Estas personas como llevan mucho estos temas y están continuamente para informar no sobre el juez, sobre en fin... yo creo que le pueden ayudar mucho ahí. Eh, si alguna vez va en amparo, pues ya me vuelve a llamar, pero yo creo que estas son las personas indicadas.

M. D. Vale, de acuerdo.

E. C. Mucho ánimo y que todo le vaya muy bien.

M. D. Pues muchas gracias por su atención y su tiempo, porque sé que está muy liada.

E. C. De nada, yo lo que quiero es que no le puedo ayudar, lo siento mucho no poder hacerlo, pero espero que a través de esta vía.... Usted si quiere me vuelve a llamar por supuesto, pero que a través de esta vía, tenga alguna ayuda, eh, porque lo hacen muy bien. Son muy eficaces.

M. D. Muchas gracias

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