CONCLUSIONES DE MILITARES PARA LA DEMOCRACIA SOBRE EL 23F



  1. El 23F se diseñó siguiendo un esquema de futuribles y futuridos, tal que sucediera lo que sucediera quedase al margen la Corona,  y los diseñadores del golpe, militares y políticos.
  2. La organización del 23F fue mucho más amplia de los hechos y personas juzgadas. Esto fue posible al cambio de instructor militar, un militar togado, por un jurídico militar experto en cine al servicio de la censura franquista a este arte, y excelente escritor, Sr. D. José María García Escudero.
  3. El Sr. Escudero acotaría hechos y personas al objeto de que no fuesen juzgados quienes no entraron en el Congreso, o habiendo entrado con la fuerza interviniente se salieran por las ventanas.
  4. Fueron juzgadas las Autoridades Militares que dieron órdenes de movimientos de tropas además de bandos.
  5. No fueron juzgados ni investigados quienes jalonaron y dieron cobertura de transmisiones a los golpistas desde la salida de los acuartelamientos de la GC hasta el Congreso, aún habiendo abandonado los vehículos con equipos de radio dentro del cordón de seguridad que se montara.
  6. Los jalonadores pertenecían al CSID, y tanto ellos como sus jefes tenían encomendadas labores de prevención de movimientos involucionistas.
  7. El golpe de Estado fue abortado por el actor protagonista de escenificarlo, al recibir órdenes que no estaban en su guión: laSOLUCIÓN del general  ARMADA, y la lista de gobierno provisional en que se incluían socialistas destacados.
  8. La trama CSID del golpe de Estado, nunca fue investigada, y los responsables del jalonamiento no fueron separados del Espionaje, es más, al reintegrarse en el Ejército de Tierra fueron ascendidos a generales a propuesta del último gobierno de González y ascendidos en el primer Gobierno de Aznar.
  9. El juicio del 23F estuvo sometido a restricciones de conocimiento que dificultaron el pleno esclarecimiento de la verdad, por lo que los otros golpistas, es decir posibles delincuentes no juzgados, continuaron ejerciendo sus prácticas perturbadoras dentro del Ejército, desde el Estado Mayor, y en sus cargos  hasta empleos de Generales. Estos generales transmitirían por la mala acción de su mando un ambiente de incertidumbre y falsedad, cambiando las normas a su conveniencia para acaparar poder sin control de las propias estructuras del Ejército, haciendo de sus Mandos auténticos Estados dentro del Estado, donde las normas y garantías del Estado Español no eran efectivas.
  10. El caso que ahora se juzga del Yak42 es una consecuencia del proceder anómalo de estas autoridades que ejercían un Mando sin Control.
El 23F constituyó un injusto castigo para el Ejército de Tierra* y sus componentes que desde entonces han vivido al margen de los derechos y deberes de las RROO y de la Constitución, sometidos a la arbitrariedad o el favor de Generales con mucho poder,  sólo sometido al interés particular de autopromoción.

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